Medidas para los trabajadores independientes
Devolución anticipada del impuesto global complementario a los trabajadores que generan boletas de honorarios.
Devolución de la retención de enero y febrero del 2020. Están beneficiados, todos los contribuyentes que emitieron Boletas de Honorarios Electrónicas, que les retuvieron o pagaron su retención en el Formulario N° 29.
No se requiere un trámite especial y se realiza en forma automática. Los montos correspondientes se depositaron el 24 de abril en la cuenta bancaria que se haya ingresado en la Declaración de Renta de este año. Si a esa fecha no se ha realizado la declaración de Renta, se considerará la cuenta bancaria registrada el año 2019. En el caso de que no se tenga registro de ninguna cuenta bancaria, se realizará el “pago por caja” en los montos menores a $3.000.000 (USD 3.630) y se emitirá un cheque que será enviado a la dirección que se tiene registrada.
Devolución anticipada de impuestos a trabajadores independientes: Tesorería y SII anunciaron devolución anticipada de impuestos -en un plazo de 11 días- para las micro, pequeñas y medianas empresas, como también para los trabajadores independientes que cuenten con ingresos sólo a través de boletas a honorarios. NO requiere un trámite especial y se realiza en forma automática.
Ley de Protección del Empleo
Medidas extraordinarias y de carácter transitorio, para proteger la estabilidad de los ingresos y los puestos de trabajo para los trabajadores que no pueden prestar servicios o deben ajustar sus jornadas de trabajo a causa del COVID-19.
Estas medidas permiten que trabajadores accedan a prestaciones y complementos con cargos al Seguro de Cesantía en la cuenta individual y en el Fondo Solidario de Cesantía. Las medidas son:
- Suspensión del contrato de trabajo por acto de autoridad.
- Pacto de suspensión del contrato de trabajo.
- Pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo.
Subsidio Ingreso Mínimo Garantizado
Ayuda económica para trabajadores dependientes del país con jornadas ordinarias de trabajo de más de 30 horas hasta 45 horas semanales. Esta ayuda entrega hasta $59.200 (USD 72) para aquellos que tengan el sueldo mínimo vigente, permitiendo que reciban como sueldo líquido $300.000 (UDS 363,4) mensuales.
Está dirigido a todos los trabajadores dependientes con bajos sueldos del país.
Requisitos:
- Trabajador dependiente.
- El contrato debe estar suscrito al Código del Trabajo.
- Sueldo bruto menor a $384.363 (USD 466)
- El contrato debe ser una jornada ordinaria superior a 30 hrs y hasta 45 hrs semanales.
- Calificación socioeconómica debe estar dentro del tramo del 90% de acuerdo al Registro Social de Hogares.
Bono COVID-19
Aporte financiero no postulable para apoyar a las familias y personas a afrontar la crisis económica generada por el virus COVID-19.
El bono COVID-19 espera ser un aporte para las familias beneficiarias del Subsidio Único Familiar (SUF), familias del Subsistema Seguridades y Oportunidades, y hogares que pertenezcan al 60% más vulnerable según el Registro Social de Hogares que no cuenten con ingresos formales.